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BCRA - COM. A 7532 - MERCADO ÚNICO DE CAMBIO COMEX

Publicado el 28/06/2022

Estimados Clientes y Amigos,
El Directorio del Banco Central adaptó hoy el sistema de pagos de comercio exterior, para responder a las necesidades extraordinarias de divisas destinadas a atender la importación de energía. El objetivo de estas medidas dice ser sostener el crecimiento económico y el desarrollo de las PYMES, evitando maniobras especulativas sobre las importaciones.
Las medidas extienden el sistema de financiación de importaciones a las realizadas bajo Licencia No Automática y a la importación de servicios; teniendo en principio vigencia por un trimestre, con el fin de dar tiempo a la normalización del comercio exterior.
Las Licencias No Automáticas formarán parte del cupo de SIMI “A” de las importaciones de los años 2020 y 2021; manteniéndose las excepciones previstas en la comunicación anterior del BCRA (Covid 19, material destinado a la salud, etc.).
Si durante el 2021 la empresa ha importado mercadería por un monto igual o inferior a USD 1.000.000, el límite anual para la categoría de SIMI A, será el equivalente al 115% del valor FOB computable de sus importaciones del año 2021.
Si durante el 2021 la empresa ha importado mercadería por un monto superior a USD 1.000.000, el límite anual para la categoría de SIMI A será el promedio mensual de importaciones de 2021 más 5% o de 2020 más 70%, el que resulte menor (incluyendo en el cálculo a las LNA)
En el caso de estar en presencia de una SIMI B, por contar la mercadería con Licencia No Automática, se podrá acceder al Mercado Único de Cambios a partir de 180 días, contados desde la fecha de despacho a plaza.
También se dispuso en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Productivo, ampliar el listado de posiciones arancelarias de bienes equivalentes a los producidos en el país, que tendrán acceso al mercado a partir de 180 días y la de bienes suntuarios, que podrán acceder a partir de los 360 días.
En cuanto a las importaciones de servicios se equiparan en el tratamiento a la de bienes, permitiendo el acceso al Mercado Único de Cambios por el mismo monto que en 2021 y en caso de superar el importe el saldo deberá cancelarse a 180 días.
Por último, en relación a las importaciones de bienes de capital, se estableció una regla que permite pagar 80% en puerto de origen y 20% con la nacionalización.
Complementariamente, se facilitará la prefinanciación de exportaciones lo cual acelerará el ingreso de divisas especialmente del complejo cerealero, pasando la obligación de liquidar las divisas que se ingresen de 5 a 15 días, y la financiación a largo plazo para precancelar deudas locales en moneda extranjera.
FUENTE: BCRA

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