Publicado el 30/12/2024
ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS,
Ponemos en vuestro conocimiento que, en el Boletín Oficial del día de la fecha (30/12/2024), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer la Resolución General N° 5623 por medio de la cual dispuso prolongar las disposiciones de la Resolución General N° 5490 hasta el 31 de diciembre de 2025, suspendiendo hasta tal fecha la aplicación de las percepciones de “IVA Adicional” y “Ganancias” para determinadas mercaderías de la canasta básica y medicamentos que se importen para consumo.
De esta forma, hasta fines del 2025 continúa la exclusión sobre las percepciones de “IVA Adicional” y “Ganancias” para las mercaderías importadas en forma definitiva, detalladas en el Anexo de la Resolución General N° 5490.
Sumado a lo expuesto, al prolongarse el lapso dispuesto por la Resolución General N° 5490, consecuentemente se extiende también hasta el 31 de diciembre de 2025 la excepción dispuesta por la Resolución General N° 5501, por medio de la cual se exceptúa de las percepciones de “IVA Adicional” y “Ganancias” a las operaciones de importación de diversos tipos de insumos que se encuentran detallados en el Anexo de dicha norma, cuyo Importador fuese una empresa que cuente con el respectivo “Certificado MiPyME” vigente.
Finalmente, las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial (30/12/2024).
FUENTE: AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA)
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Posted on 22/11/2024